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Un individuo, aprovechando el descuido del dependiente de una joyería, sustrae un reloj valorado en 180 euros, siendo un vigilante, el que lo detiene y lo entrega a la policía. La policía judicial considera que ha cometido una delito leve contra el patrimonio, por lo que es llevado a las dependencias policiales, donde el sujeto, tras identificarse como un obrero en paro y dar su domicilio, exige la presencia de un abogado y que se ponga inmediatamente a disposición judicial, porque se encuentra ilegalmente detenido. La policía hace caso omiso, alegando que la ley le concede 72 horas para interrogarlo y elaborar el atestado correspondiente; en cuanto al abogado le dicen que no procede, ya que se trata de un delito leve. A las 26 horas es presentado, junto con el atestado, en el juzgado de guardia. El Ministerio Fiscal solicita la celebración inmediata del juicio por haber llegado a un consenso con el detenido. En el juicio le impone la pena de multa de un mes
Dando por correcta la actuación del vigilante, ¿podemos decir lo mismo de la actuación de la policía judicial?
Un individuo, aprovechando el descuido del dependiente de una joyería, sustrae un reloj valorado en 180 euros, siendo un vigilante, el que lo detiene y lo entrega a la policía. La policía judicial considera que ha cometido una delito leve contra el patrimonio, por lo que es llevado a las dependencias policiales, donde el sujeto, tras identificarse como un obrero en paro y dar su domicilio, exige la presencia de un abogado y que se ponga inmediatamente a disposición judicial, porque se encuentra ilegalmente detenido. La policía hace caso omiso, alegando que la ley le concede 72 horas para interrogarlo y elaborar el atestado correspondiente; en cuanto al abogado le dicen que no procede, ya que se trata de un delito leve. A las 26 horas es presentado, junto con el atestado, en el juzgado de guardia. El Ministerio Fiscal solicita la celebración inmediata del juicio por haber llegado a un consenso con el detenido. En el juicio le impone la pena de multa de un mes
¿Cómo debió actuar el Ministerio Fiscal al enterarse de la infracción penal cometida?
Un individuo, aprovechando el descuido del dependiente de una joyería, sustrae un reloj valorado en 180 euros, siendo un vigilante, el que lo detiene y lo entrega a la policía. La policía judicial considera que ha cometido una delito leve contra el patrimonio, por lo que es llevado a las dependencias policiales, donde el sujeto, tras identificarse como un obrero en paro y dar su domicilio, exige la presencia de un abogado y que se ponga inmediatamente a disposición judicial, porque se encuentra ilegalmente detenido. La policía hace caso omiso, alegando que la ley le concede 72 horas para interrogarlo y elaborar el atestado correspondiente; en cuanto al abogado le dicen que no procede, ya que se trata de un delito leve. A las 26 horas es presentado, junto con el atestado, en el juzgado de guardia. El Ministerio Fiscal solicita la celebración inmediata del juicio por haber llegado a un consenso con el detenido. En el juicio le impone la pena de multa de un mes
¿será necesaria la intervención del ministerio fiscal en el procedimiento que corresponda?
Un individuo, aprovechando el descuido del dependiente de una joyería, sustrae un reloj valorado en 180 euros, siendo un vigilante, el que lo detiene y lo entrega a la policía. La policía judicial considera que ha cometido una delito leve contra el patrimonio, por lo que es llevado a las dependencias policiales, donde el sujeto, tras identificarse como un obrero en paro y dar su domicilio, exige la presencia de un abogado y que se ponga inmediatamente a disposición judicial, porque se encuentra ilegalmente detenido. La policía hace caso omiso, alegando que la ley le concede 72 horas para interrogarlo y elaborar el atestado correspondiente; en cuanto al abogado le dicen que no procede, ya que se trata de un delito leve. A las 26 horas es presentado, junto con el atestado, en el juzgado de guardia. El Ministerio Fiscal solicita la celebración inmediata del juicio por haber llegado a un consenso con el detenido. En el juicio le impone la pena de multa de un mes
¿Cuándo puede exigir este individuo que le asistan un abogado para su defensa y asesoramiento?
Un individuo, aprovechando el descuido del dependiente de una joyería, sustrae un reloj valorado en 180 euros, siendo un vigilante, el que lo detiene y lo entrega a la policía. La policía judicial considera que ha cometido una delito leve contra el patrimonio, por lo que es llevado a las dependencias policiales, donde el sujeto, tras identificarse como un obrero en paro y dar su domicilio, exige la presencia de un abogado y que se ponga inmediatamente a disposición judicial, porque se encuentra ilegalmente detenido. La policía hace caso omiso, alegando que la ley le concede 72 horas para interrogarlo y elaborar el atestado correspondiente; en cuanto al abogado le dicen que no procede, ya que se trata de un delito leve. A las 26 horas es presentado, junto con el atestado, en el juzgado de guardia. El Ministerio Fiscal solicita la celebración inmediata del juicio por haber llegado a un consenso con el detenido. En el juicio le impone la pena de multa de un mes
¿La policía actuó correctamente alegando que tiene 72 horas para tenerlo detenido?
